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Abogado le responde a la Junta Central Electoral

WILLIAM ALCANTARA

Abogado le responde a la JCE y le reclama cumpla setencia

Que no se ponga por encima de la ley y acate sentencia que ordena expedir acta de nacimiento.

Por Servicios de Noticias
Diario DigitalRD.Com

SANTO DOMINGO, RD, 19 de junio 2008.-El abogado de la dominicana de descendencia haitiana le salió al frente a las declaraciones del Presidente de la Cámara Administrativa de la Junta Central Electoral y lo emplazó a cumplir con la Sentencia 366-08 que ordena a ese organismos expedir un acta de nacimiento.
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El abogado William Alcántara señaló que Roberto Rosario no puede estar por encima de una Sentencia que ha ordenado emitir el acta de nacimiento a la dominicana Nuny Angra Luis.

Señaló que alegar que hubo irregularidades en la inscripción debe ser demostrado en un tribunal mediante un juicio público, oral y contradictorio y no de manera unilateral como pretende hacerlo el doctor Roberto Rosario.

La Junta Central Electoral está desacatando una sentencia de un recurso de amparo emitida por la Tercera Sala del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional que ordena la expedición del acta de nacimiento a Nuny Angra Luis.

El abogado William Alcántara explicó que el tribunal dictó la sentencia No.366-08 el 28 de abril del presente año, sin embargo la Junta Central Electoral no le ha dado cumplimiento violando la Constitución y los Tratados Internacionales.

Señaló que Nuny Angra Luis está registrada en la Oficialía del Estado Civil de Esperanza y en otra ocasiones se ha entregado su acta de nacimiento, tiene cédula de identidad y pasaporte, sin embargo ahora la JCE le niega ese derecho que está consagrado en la Ley 659 de Registro Civil.

La Tercera Cámara Civil del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Nacional ordenó a la Junta Central Electoral autorizar la expedición de acta de nacimiento registrada en la Oficialía del Estado Civil de Esperanza con el No.340, Libro 140, Folio 145 del año 1981.

Asimismo, condenó a la Junta Central Electoral y al Director Nacional de Registro Civil al pago de un astreinte de mil pesos por cada día de retraso en la expedición del acta de nacimiento.

El abogado William Alcántara que actúo en representación de Nuny Angra Luís explicó que la decisión de la Tercera Cámara Civil contribuirá a que miles de dominicanos con descendencia haitiana y que están registrados en la Oficialía del Estados Civil se le entregue sus actas de nacimientos.

Señaló que la Junta Central Electoral está violando los derechos constitucionales y establecidos en las Convenciones y tratados internacionales a miles de ciudadanos dominicanos que por tener padres haitianos no le entregan sus actas de nacimiento.

Explicó que el Presidente de la Cámara Administrativa, Roberto Rosario, por medio del Oficio 017 prohibió a los oficiales del Estado Civil a expedir acta de nacimientos a los dominicanos que sus padres tienen nacionalidad haitiana.

William Alcántara dijo que el derecho a "un nombre y una nacionalidad" está consagrado en la Constitución dominicana, así como en la Convención Americana de los Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos entre otros.



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William Alcántara
Abogado-Periodista
Oficina de Abogados
Tel. 809-327-3384
opinionsur.com

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SABADOS DE 1:00 A 2:00 PM POR TELERADIOAMERICA, CANAL 45
Radio 730 AM.  http://www.teleradioamerica.com

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