Acceso a la justicia es un derecho fundamental dice el Tribunal Superior Elctoral
SANTO DOMINGO.- Como nula e inaplicable declaró este viernes el Tribunal Superior Electoral (TSE) la disposición del Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), en la cual se establece el compromiso de no accionar ni entablar instancias de apoderamiento a las denominadas altas cortes del país, con respecto a la reserva de candidaturas.
La disposición fue señalada como no conforme con la Constitución de la República y, por tanto, nulo e inaplicable el numeral 15 de la Resolución dictada por el Comité Político del PLD el 28 de mayo de 2015, “por ser violatorio de los numerales 1 y 2 del artículo 69 de la Constitución de la República”.
“Por tanto, procede acoger este aspecto de la demanda y declarar nulo, por ser contrario a la Constitución de la República, el numeral 15 de la Resolución del 28 de mayo 2015, dictada por el Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), tal y como se hará constar en la parte dispositiva de la presente decisión”.
Considera que el acceso a la justicia es un derecho fundamental que ostentan todos los ciudadanos para procurar la protección de sus derechos subjetivos e intereses legítimos, que les permite obtener de los órganos jurisdiccionales la tutela judicial efectiva