La Ley del Notario debe ser derogada
Opinionsur.net,
Por Candido Simon
13 septiembre, 2015 2:00 am
La nueva ley del notariado debe ser derogada por absurda, incongruente e inconstitucional, no basta con suspenderla.
1. Absurda. Porque crea el Colegio de Notarios que ya estaba creado por la Ley 89-05 y existía por Decreto desde hace más de treinta años, al cual asigna entre otras funciones, fomentar actividades artísticas, mientras diluye el poder disciplinario entre los fiscales, las cortes de apelación, la Suprema Corte y la Procuraduría General de la República, creando un caos de competencias.
2. Incongruente. Porque le asigna exclusivamente a los notarios instrumentar actos de desalojo y embargos sin derogar la ley orgánica 821 de 1927 sobre organización judicial, que le atribuye esa función a los alguaciles.
3. Inconstitucional. Porque afecta gravemente la libertad de empresas de inversión inmobiliaria, por el monopolio que crea a favor de los notarios del lugar del inmueble para instrumentar los actos de venta, los préstamos financieros y bancarios con garantía hipotecaria y además a un costo altísimo.
4. Inconstitucional. Porque viola el derecho a la tutela judicial efectiva al poner obstáculos para la ejecución de las sentencias de desalojo que quita a los alguaciles y pone a cargo de los notarios, pues la ejecución de las sentencias es parte del derecho constitucional de acceso a la justicia, como ha dicho el Tribunal Constitucional.
5. Inconstitucional. Porque hace del notario juez y parte al asignarle la función de realizar pagarés auténticos y a la vez pone a su cargo la ejecución de los mismos.
6. Política de leyes malas mientras tanto. El Congreso debe revisar la política de aprobar leyes malas mientras tanto para derogarlas o suspenderlas en función del clamor público o la reacción del Poder Ejecutivo, como sucedió con la Ley de Loma Miranda que la aprobaron y revocaron, el Código Procesal Penal que por omisión lo revocaron y el Código Penal en lo referente al aborto que lo ratificaron a sabiendas que el Tribunal Constitucional lo podría anular.
7. La aprobación e inmediata suspensión de urgencia de una ley tan absurda, incongruente plegada de vicios evidentemente inconstitucionales como la 140-15 evidencia que los congresistas no están haciendo caso a sus costosos y cuantiosos asesores o deben revocar sus contratos porque estos no estarían haciendo su trabajo.
- Por: OPINIONSURSUR -
Artículo: La Ley del Notario debe ser derogada
Por Candido Simon
13 septiembre, 2015 2:00 am
La nueva ley del notariado debe ser derogada por absurda, incongruente e inconstitucional, no basta con suspenderla.
1. Absurda. Porque crea el Colegio de Notarios que ya estaba creado por la Ley 89-05 y existía por Decreto desde hace más de treinta años, al cual asigna entre otras funciones, fomentar actividades artísticas, mientras diluye el poder disciplinario entre los fiscales, las cortes de apelación, la Suprema Corte y la Procuraduría General de la República, creando un caos de competencias.
2. Incongruente. Porque le asigna exclusivamente a los notarios instrumentar actos de desalojo y embargos sin derogar la ley orgánica 821 de 1927 sobre organización judicial, que le atribuye esa función a los alguaciles.
3. Inconstitucional. Porque afecta gravemente la libertad de empresas de inversión inmobiliaria, por el monopolio que crea a favor de los notarios del lugar del inmueble para instrumentar los actos de venta, los préstamos financieros y bancarios con garantía hipotecaria y además a un costo altísimo.
4. Inconstitucional. Porque viola el derecho a la tutela judicial efectiva al poner obstáculos para la ejecución de las sentencias de desalojo que quita a los alguaciles y pone a cargo de los notarios, pues la ejecución de las sentencias es parte del derecho constitucional de acceso a la justicia, como ha dicho el Tribunal Constitucional.
5. Inconstitucional. Porque hace del notario juez y parte al asignarle la función de realizar pagarés auténticos y a la vez pone a su cargo la ejecución de los mismos.
6. Política de leyes malas mientras tanto. El Congreso debe revisar la política de aprobar leyes malas mientras tanto para derogarlas o suspenderlas en función del clamor público o la reacción del Poder Ejecutivo, como sucedió con la Ley de Loma Miranda que la aprobaron y revocaron, el Código Procesal Penal que por omisión lo revocaron y el Código Penal en lo referente al aborto que lo ratificaron a sabiendas que el Tribunal Constitucional lo podría anular.
7. La aprobación e inmediata suspensión de urgencia de una ley tan absurda, incongruente plegada de vicios evidentemente inconstitucionales como la 140-15 evidencia que los congresistas no están haciendo caso a sus costosos y cuantiosos asesores o deben revocar sus contratos porque estos no estarían haciendo su trabajo.