Poder Judicial destituyó a tres jueces cometieron faltas
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- Por: OPINIONSURSUR -
Artículo: Poder Judicial destituyó a tres jueces cometieron faltas
El Consejo del Poder Judicial destituyó a tres jueces por cometer faltas graves, dos de ellos por pactar con personas vinculadas a un caso de narcotráfico y uno por actuar con parcialidad a favor de los demandantes en un proceso contra la distribuidora de electricidad Edesur.
Manuel del Socorro Pérez García y Saulo Ysabel Díaz, de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo, fueron destituidos por ser declarados disciplinariamente responsables de mal comportamiento.
La decisión con respecto a Pérez García y Díaz responde a la investigación abierta en 2017 en relación con la sentencia que ordena un nuevo juicio a los imputados Winston Rizik y Nelson Rizik, procesados en Monte Plata por narcotráfico y lavado de activos. La acusación indicaba que Pérez García, entonces presidente de la corte, sostuvo reunión con un emisario a fin de convenir cuál sería el resultado de la decisión que se iba a adoptar y que ese intermediario sostuvo diversos encuentros con uno de los imputados, interacción en la que hubo acuerdos e inclusive entrega de suma de dinero.
El expediente disciplinario señala que Díaz realizó contacto con personas allegadas al proceso y a las partes a fin de producir un voto disidente en torno a favorecer la libertad de los imputados, acción por la que se aprovechó de determinadas partidas económicas.
Mientras Robert Antonio de Aza Batista, juez de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del municipio San Juan de la Maguana, fue hallado culpable de parcialidad a favor de 37 personas beneficiadas con una sentencia que condenaba a la empresa comercial Edesur al pago de dos millones de pesos por daños y perjuicios por tirar una línea de cables por terrenos de los demandantes, cuya propiedad se pretendió probar con documentos firmados por un estudiante que fingió ser agrimensor.
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Base legal
Base legal
La sanción impuesta por el Consejo del Poder Judicial establece que los investigados violaron el principio de legalidad, establecido en la Ley de Organización Judicial, 821, y sus modificaciones, y en el artículo 66, numerales 7 y 14, de la Ley 327, sobre Carrera Judicial.